martes, 5 de marzo de 2019

EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL (LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN EN ESPAÑA)

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  1.  -LEY DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 1857 LLAMADA LEY MOYANO

Esta ley fue fruto de un  consenso entre progresistas y moderados, por lo que tal vez debido a su nacimiento tras este acuerdo se explica su larga aplicación durante más de 1 siglo, ya que algunos principios generales estuvieron vigentes hasta la Ley General de Educación de 1970.

Si la debemos calificar de manera general diríamos que se trata de una ley intervencionista y centralista.  Por otro lado al participar en la misma dos corrientes políticas muchas de las soluciones que se proponen respecto a las grandes controversias educativas se basan en el eclecticismo y tienen un carácter fundamentalmente moderado. En este sentido, por ejemplo, se establece un equilibrio entre el cientificismo y el papel de la iglesia.

Además con esta ley se regula la existencia de centros de enseñanza públicos y privados.  Así comienzan a aparecer centros religiosos de enseñanza privada, básicamente católica, en el nivel primario y secundario, característica del sistema educativo español desde entonces. Por otro lado se forma un cuerpo de enseñanza postsecundaria para los estudios técnicos y profesionales. También se establece la forma de acceso y cuerpos del profesorado de las enseñanzas públicas. Por último, desde un punto de vista más organizativo se definen los niveles de la administración educativa ( central, provincial y local), además de establecerse una tímida participación de la sociedad.

En este sentido uno de los puntos fuertes de la ley fue la estructuración de los niveles educativos del sistema español de la siguiente forma: comenzamos con una primera enseñanza que se divide en elemental ( de carácter obligatorio y gratuito) y otra superior, después se establecería la segunda enseñanza ( 6 años de estudios generales y un examen final) y estudios de aplicación a las profesiones industriales, por último estaría el nivel superior donde se englobarían los estudios de las facultades, enseñanzas superiores y enseñanzas profesionales

2-      LEYES DE LA DICTADURA DE FRANCO

La legislación se fue aprobando durante el s XIX y principios del s XX, es un periodo convulso de la historia de España sucediéndose diferentes corrientes políticas que tuvieron un calado en materia de educación. No obstante debemos esperar a la dictadura franquista para volver a encontrarnos con leyes educativas. En principio no son un ley general de educación sino más bien un conjunto de leyes de alcance limitado a un nivel educativo o aspecto.

La primera de estas leyes fue la de Reforma de la Enseñanza Media de 20 de Septiembre de 1938 cuyo objetivo era regular el nivel educativo de las élites del país. Le siguió una ley reguladora de la Universidad (de 29 de Julio de 1943), otra centrada en la enseñanza primaria (de 17 de Julio de 1945), la de formación profesional Industrial fue algo posterior  (de 16 de Julio de 1949). En todas estas leyes se observa una serie de características comunes y que son el sello de la educación bajo el periodo franquista. Por un lado la debilidad de la enseñanza pública es manifiesta, ya que la Iglesia controla la educación e imprime el sello de la confesionalidad, marginando las enseñanzas científicas y manifestándose una despreocupación respecto a la calidad. En relación con esto mismo, otra característica de la enseñanza de esta época es el dominante patriotismo y el peso del adoctrinamiento político. Por otro lado, no es un sistema inclusivo ya que se oficializa la existencia de la doble vía, que permite un bachillerato elitista, y la segregación de sexos.

En los años 50 el aspecto técnico-pedagógico vuelve tímidamente a ser tomado en consideración, atenuándose el patriotismo y el adoctrinamiento político. De esa época es la llamada Ley de Ruiz Jiménez de Ordenación de la Enseñanza Media (de 26 de Febrero de 1953), en la que por primera vez aparece un interés por la calidad intelectual y se busca extender la escolaridad hasta los 14 años, manteniéndose eso sí la doble vía. Ese mismo año se aprueba la Ley de Construcciones Escolares (de 22 de Diciembre de 1953), donde comienza un interés real por la escolarización de la población infantil ya que se busca establecer convenios entre estados y ayuntamientos de manera generalizada para la construcción de escuelas. Por último, un poco posterior será la Ley sobre Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 con la que las escuelas de ingenieros y arquitectos se incorporan a la Universidad buscando una normalización del sistema y una apertura a un mayor número de alumnos.

3-      Ley 14/1970 de 4 de Agosto General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE)

Es la siguiente gran ley de educación después de la Ley Moyano debido a su alcance, busca regular y estructurar todo el sistema educativo español, y a su larga vida, estando vigente hasta la LODE y LOGSE.

Para calificarla de forma general, diríamos que se inscribe en la tradición liberal y a diferencia de todas las leyes del franquismo busca establecer un sistema unitario para todos los estudiantes. Esto es, finaliza la doble vía en los primeros niveles y en los superiores se busca la flexibilidad estableciéndose puentes para pasar de una rama a otra. Desde el punto de vista normativo es una ley centralista y uniforme.

Por otro lado, estructuralmente la ley establece cuatro niveles con ciertas diferencias respecto a lo anterior. En primer lugar el nombre Educación Primaria desaparece en favor de Educación General Básica (EGB). Dentro de las Enseñanzas Medias se establece un único Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y se crea un Curso de Orientación Universitaria (COU). Se incluyen dos ciclos de formación profesional en el Sistema Educativo y una Educación Maternal o Preescolar de 2 a 4 años voluntaria e impartida en centros privados y guarderías. Finalmente estaría la Educación Superior impartida en las universidades.

Los aspectos positivos de esta ley serían la escolarización plena entre los 6 y los 14 años y la preocupación manifiesta por procurar una enseñanza de calidad. Finalmente se apuesta por la evaluación continua desapareciendo los exámenes de finales de ciclo o etapa (conocidos como reválidas). Además el papel del estado en relación con la planificación de la enseñanza y provisión de puestos escolares sale reforzado con esta ley, poniéndose fin a la subsidiariedad del mismo.  Finalmente, comienza a manifestarse una preocupación por relacionar la enseñanza con el mundo del trabajo.

Como características propias del sistema educativo español señalar que se refuerza la presencia notable de la enseñanza privada en niveles no universitarios y se trata de un sistema que en comparación con otros países podemos calificar de poco selectivo.


4-      LEYES DE LA TRANSICIÓN

Con la muerte de Franco se abre un nuevo periodo histórico en España marcado por un cambio de rumbo político y de leyes. Con la aprobación de la nueva Constitución la apuesta democrática debiese reflejarse en el mundo de la educación. Por eso comienzan una serie  de leyes para adecuar el marco normativo a la nueva situación democrática. Se produce así una reforma de métodos y contenidos por un lado y por otro se toman medidas para neutralizar las desigualdades sociales. Así mismo la creación del sistema autonómico hace que haya que incluir las competencias autonómicas. Finalmente comienza a intentar equiparar la educación española a la de otros países europeas existiendo una necesidad de elevar la edad de la escolaridad obligatoria.

En resumen, se van aprobando una serie de leyes orgánicas dentro del nuevo marco constitucional. La primera es  la Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE) de 1980 que busca adecuar lo existente al nuevo marco de la constitución (derogada pocos años después). Después respecto a las enseñanzas universitarias se aprueba la Ley orgánica 11/1983 de 25 de Agosto de Reforma Universitaria (reformada después por  ley Orgánica de Universidades (LOUS) de Diciembre  de 2001). Un poco posterior fue la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio reguladora del Derecho a la Educación (LODE). Finalmente la Formación Profesional tuvo que esperar hasta la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación profesional de 2002 (LOCFP) que busca adecuar la FP al mercado de trabajo.

Como rasgo general se puede afirmar todo este esfuerzo legislativo es un trámite legal debido a la nueva corriente democrática imperante que deja su marca en el sistema educativo español. Si nos centramos en la LODE, por un lado se busca garantizar a todos el derecho a la educación, reforzándose el derecho a la libertad de enseñanza también,  y se establecen los objetivos de la actividad educativa basados en los principios democráticos de convivencia como la tolerancia y la libertad, se busca la adquisición de conocimientos, hábitos y técnicas que capaciten para la actividad profesional y la participación activa en la sociedad, además de la formación para la paz y la cooperación. Paralelamente los Consejos Escolares son introducidos y se establecen los derechos de los padres y alumnos (Libertad de asociación, federación y confederación de los padres y de los propios alumnos).Se busca garantizar así el principio de participación y reforzar el mismo incluso respecto a la programación  donde se intenta un equilibrio entre centros y estados. Por último se consolida la existencia de una doble red de centros, en los que se incluye la posibilidad de conciertos con centros privados.

5-      Ley Orgánica 1/1990 de 3 de Octubre de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)

Dos características generales se refieren a esta ley, su definición como primera ley educativa de la democracia y el hecho de que se centre en niveles no universitarios. Se trata de una ley rupturista que fue recibida con muchas críticas por ser vista como una imposición por los profesionales educativos, ya que esta ley excede de las competencias vistas hasta ahora en materia educativa propugnando una aplicación de modelos didácticos o sistemas psicopedagógicos. En concreto la ley se centra en método constructivista del currículo que no muy bien aceptado por todos los expertos.

En primer lugar se reforma la estructura del sistema educativo vigente desde 1970. Se establece la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria,  que incluye la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Formación Profesional de grado medio, Formación profesional de grado superior y Educación universitaria. Además de las Enseñanzas de Régimen Especial. Se incluye la enseñanza de adultos.

En segundo lugar el gran cambio se produce en la Educación Secundaria, en concreto en la ESO, ya que además de ampliar la edad de la escolaridad obligatoria y gratuita a 10 años, apuesta por un modelo de educación comprensiva apostando por un modelo no competitivo ni selectivo.

En tercer lugar hay un equilibrio entre la uniformidad y el hecho diferencial.  Por un lado para adecuarse al modelo autonómico se establece la gestión progresiva de las Comunidades Autónomas de los centros educativos. Se incluye así su diversidad cultural y lingüística, asentándose el bilingüismo y la existencia de materias propias. Aunque eso sí en aras de una formación común la ley determina los aspectos básicos del currículo en relación con los objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación.

En cuarto lugar se establece la controvertida promoción automática, muy criticada y para algunos la razón del fracaso escolar. Aunque se busca reducir la ratio escolar y establece programas de compensación educativa para evitar desigualdades. Teóricamente existe un interés por elevar la calidad educativa que no se vio plasmado en la práctica.

Finalmente en la ley se refuerza el papel decisivo del consejo escolar, se regula la educación especial para alumnos con necesidades educativas, la formación permanente del profesorado y la función de la inspección, de la acción tutorial y servicios de orientación.

6-      Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre de la Participación , la Evaluación y el  Gobierno de los centros docentes (LOPEG)

El objetivo de esta ley se limita a la organización y funcionamiento de centros con fondos públicos. Se centra en aspectos como la participación, regulación de los órganos colegiados, definición de la función directiva, también del ejercicio de la inspección educativa y aparece el término de evaluación como la relación entre el sistema y la demanda social.

7-      Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) DE 2002

Esta ley no fue lleva a efecto por un cambio de gobierno. En espíritu de la misma era una búsqueda de la calidad para eso reformaba aspectos de la LOGSE en lo que para algunos críticos era una vuelta al pasado. En ese sentido apostaba por los antiguos programas escolares abandonando el sistema curricular, establecía itinerarios en la ESO, suprimía la promoción automática de cursos y volvía a implantar las pruebas finales o reválida anteriores a 1970.

8-      Ley Orgánica de Educación (LOE) de 3 de Mayo de 2006

No incluye aspectos nuevos ya que se trataría de una síntesis de las leyes anteriores y estaría bastante inspirada en la LOGSE. Su objetivo es el establecimiento de un sistema de calidad en todos los niveles. En la misma se incluyen los objetivos propuestos por la Unión Europea como la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y la relación entre sistema educativo y mundo exterior, en concreto centrándose en la investigación y empresas, también el fomento del aprendizaje de idiomas y los intercambios.

9-      Ley Orgánica para la Mehora de la Calidad Educativa ( LOMCE ) o conocida como Ley Wert  de 2013
Una ley a la que le arrecían las críticas y de aplicación dudosa en estos momentos con muchas Comunidades Autónomas que le ponen trabas. En un comienzo se trataba de una reforma parcial de la LOE, no obstante algunos de los cambios son significativos volviéndose a aspectos controvertidos de la LOCE. Por ejemplo reaparece la Religión como asignatura evaluable ( elimina Educación para la Ciudadanía y Ciencias para el Mundo Contemporáneo), reaparecen las reválidas al final del bachillerato y ESO, aumenta la ratio de alumnos, refuerza el control del Gobierno Central respecto a los contenidos, especialización de los centros en determinadas áreas, establece planes de mejora de calidad, da más poder a los directores quitándoselo a los Consejos Escolares, recorta becas universitarias, permite construir centros privados en terrenos públicos y, algunos ven una vuelta a la educación segregada por sexos, al establecerse conciertos con los colegios que así lo hagan.

BIBLIOGRAFÍA
Joaquim Prats, “El sistema educativo español”
José Luis Romero Lacal, “La educación en España: Análisis, Evolución y Propuestas de mejora” en Innovación y experiencias educativas
“Evolución del Sistema Educativo Español” en  El sistema educativo español, Ed Ministerio de Educación y Deporte, Madrid, 2004
 es.wikipedia.org/wiki/Historia_de_la_educaci%C3%B3n_en_Espa%C3%B1a

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